Cuando
a don José de Iturriaga lo nombraron Comandante General de los nuevos poblados del
Orinoco (1762), lo primero que se le ocurrió para facilitar el aumento del
vecindario, fue un proyecto para la producción de papelón, guarapo y ron, lo cual debía comenzar con la siembra
de la caña dulce, y comprar pailas, mulas y negros esclavos en las Antillas o
posesiones de Portugal.
Contaba con la influencia de su amigo el Ministro de Marina e India, José
de Arriaga. Pero no todo cuanto pedía se
le cumplió pues su Majestad no quería nada con los portugueses después de
fracasada la expedición de Límites y anulación del tratado.
En vez de negros esclavos, Su Majestad prefería utilizar a los indios de
las misiones sujetos a buen trato y salario, las mulas podía venir de las
Misiones y lo demás, trapiches y la pailas de Margarita y Puerto Rico.
“..Dice
usted que se necesita un trapiche servido de mulas,
pailas y negros, y que estos pueden traerse de las islas extranjeras; o de los portugueses de Río Negro dando el permiso
conveniente y librando su importe en letras en España. Que se puede enviar un registro a Orinoco para que llevando
los géneros pobres consumibles entre
Guayana y sus misiones, las de los Jesuitas y esas fundaciones, puedan volver azúcar, introduciendo
lo que le sobre en Meta, Casanare, y sus
vecindades. Que haciendo falta peones para adelantar esas fundaciones, pide U.
S. se mande al Gobernador de Cumaná , y a las misiones de Píritu,
Guayana y Jesuitas del Orinoco entreguen los
que U. S. pida a los capitanes de fundación. Y que se han empezado a cobrar los Diezmos, y el derecho de aguardiente
entrado uno y otro en poder del Capitán de esa fundación.
Enterado el Rey de cuanto U. S. expone en la citada
representación, no tiene S. M. por conveniente la Administración del trapiche
de azúcar de cuenta de su Real Hacienda a medio
copia, sino que se conceda esta gracia al Capitán poblador o a otro vecino si aquel no tuviere caudal para entretenerle, bajo
las exenciones que perciben las leyes de la Recopilación de Indias, y que esto se entienda por regla general
disponiendo U. S. que los tablones sembrados de caña dulce y tierra
desmontada para el mismo efecto se reparta
entre los vecinos labradores para su beneficio, bajo las mismas disposiciones
de las leves.
Por ninguna causa quiere S. M. que se permita
comunicación con los portugueses, por el Río
Negro ni por otra parte, y mucho menos con el pretesto de comprarles negros
para el trapiche o trapiches que se establezcan en esa fundaciones, pues
esta comunicación declinaría precisamente en comercio ilícito.
Respecto de que
no habrá quien quiera ir con registro a esos parajes hallándose tan al
principio de su establecimiento, se encargará a la Compañía de Barcelona
establezca un Factor en Orinoco en un paraje
más proporcionado que acordare U. S. para llevar los efectos que necesiten esas fundaciones, desde
Puerto Rico o Margarita, no admitiendo S. M. el medio que U. S. propone
de que se introduzcan los sobrantes por el río Meta y Casanare por no abrir la puerta al comercio por aquella parte, y así
mismo se expide con esta fecha las
órdenes convenientes al Gobernador de Cumaná y misiones de Píritu, y Jesuitas del Orinoco para que faciliten los
indios peones que U. S. pidiere para trabajar
en esas fundaciones, pero con la condición de que se las haya de dar buen
trato, y el jornal que fuere regular,
y las remito a U. S. adjuntas para que se las dirija oportunamente…”
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